En el BOE del pasado 8 de mayo fue publicado el Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1892/2008, de 29 de octubre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias públicas españolas. Te adjunto el enlace directo a la página del BOE:
http://www.boe.es/boe/dias/2010/05/08/pdfs/BOE-A-2010-7330.pdf
Con esta circular pretendo destacarte las novedades más importantes de la nueva regulación.
http://www.boe.es/boe/dias/2010/05/08/pdfs/BOE-A-2010-7330.pdf
Con esta circular pretendo destacarte las novedades más importantes de la nueva regulación.
Para la admisión a las Universidades Públicas a partir del año académico
2.011/2012.
Para el curso 2011/2012, la admisión de los alumnos de CFGS cuando se produzca concurrencia competitiva experimentará una profunda modificación. Se ha previsto que estos alumnos puedan mejorar la nota de admisión, no a través de las mejores calificaciones de los módulos cursados, si no pudiéndose presentar a una fase específica diseñada especialmente para estos alumnos.
2.011/2012.
Para el curso 2011/2012, la admisión de los alumnos de CFGS cuando se produzca concurrencia competitiva experimentará una profunda modificación. Se ha previsto que estos alumnos puedan mejorar la nota de admisión, no a través de las mejores calificaciones de los módulos cursados, si no pudiéndose presentar a una fase específica diseñada especialmente para estos alumnos.
a. Temario para la fase específica.
El Ministerio elaborará un temario relacionado con los CFGS y adscribirá cada
tema a la rama de conocimiento que corresponda. Cada estudiante de CFGS podrá
realizar un máximo de 4 ejercicios a su elección. Cada ejercicio presentará dos
opciones diferentes, debiendo el estudiante elegir una.
Cada uno de los ejercicios será calificado de 0 a 10, con dos cifras decimales. El
ejercicio se considerará superado cuando la calificación sea igual o superior a 5
puntos.
El Ministerio elaborará un temario relacionado con los CFGS y adscribirá cada
tema a la rama de conocimiento que corresponda. Cada estudiante de CFGS podrá
realizar un máximo de 4 ejercicios a su elección. Cada ejercicio presentará dos
opciones diferentes, debiendo el estudiante elegir una.
Cada uno de los ejercicios será calificado de 0 a 10, con dos cifras decimales. El
ejercicio se considerará superado cuando la calificación sea igual o superior a 5
puntos.
b. Nota de admisión
Nota de admisión = NMC + a*M1 + b*M2 (expresada con tres decimales, redondeados a la milésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior):
- NMC: Nota media del Ciclo Formativo.
- M1 y M2: Las calificaciones de un máximo de dos ejercicios superados de la fase específica que proporcionen mejor nota de admisión.
- a, b: Parámetros de ponderación de los módulos del CFGS
La nota de admisión incorporará las calificaciones de los ejercicios de la fase específica, en el caso de que los temas sobre los que versen estén adscritos a la rama de conocimiento de las nseñanzas del título al que se pretende acceder
Los parámetros de ponderación será igual a 0,1. Las Universidades podrán elevar dicho parámetro hasta 0,2 en aquellos temarios que consideren más idóneos para seguir con éxito dichas enseñanzas universitarias oficiales de Grado. Las Universidades deberán hacer públicos los valores de dichos parámetros al inicio del curso correspondiente a la prueba.
c. . Régimen de convocatorias
El régimen de convocatorias será el mismo que para la PAU “ordinaria”.
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